Los contribuyentes que usan el sistema gratuito del Ministerio de Hacienda para generar facturas electrónicas a sus clientes siguen sin poder emitirlas de forma digital, tras 23 días desde la inhabilitación de los sistemas de la entidad por el ataque del ransomware del grupo Conti.
El Ministerio había activado un “plan de contingencia” ante la imposibilidad de ingresar al facturador por la situación del portal de la Administración Tributaria Virtual (ATV), el cual consiste en seguir el procedimiento indicado en el artículo 23 del Reglamento de comprobantes electrónicos para efectos tributarios (No. 41820-H), según el cual se emiten los comprobantes físicos de contingencia autorizados (en papel) y luego, una vez el servicio sea restablecido, se generan las facturas electrónicas.
“Los usuarios que utilizan el sistema gratuito de Hacienda en el ATV no pueden hacer una factura electrónica porque no hay acceso al sitio”, confirmó Carlos F. Moreno, gerente de Cyberfuel S.A., que ofrece el servicio de Factura Profesional. “Entre más días pasen mayor cantidad de facturas deberán cargar en el sistema ATV cuando esté activo”.
La firma GTI, que brinda el servicio de Factura Electrónica, estima que son más de 220.000 contribuyentes los que utilizan el sistema gratuito del Ministerio de Hacienda para hacer facturas electrónicas. “Estos han tenido problemas ya que en la generación de facturas electrónicas desde el 18 de abril debido al problema en sus sistemas”, indicó Alvaro Retana, gerente general de GTI.
No es la única situación que se está enfrentando, pues hay contribuyentes con la llave criptográfica vencida y el trámite de su actualización o renovación no se puede realizar en línea tampoco, sin que se sepa cuándo estarán los sistemas de Hacienda nuevamente funcionando o al menos algún servicio alternativo.
En este problema están unos 25.000 contribuyentes que utilizan los sistemas privados de facturación, por lo que tampoco pueden facturar, según GTI. Sería una décima parte de los que generan facturas electrónicas con los distintos servicios disponibles en el mercado.
La Dirección General de Tributación autorizó, ante esta situación, a las personas físicas utilizar la firma digital que emite el Banco Central de Costa Rica (BCCR) “si dispone de ella”.
En el caso de las sociedades que cuentan con un certificado de firma corporativo “sello electrónico” se podrá utilizar éste como método de seguridad para firmas los comprobantes electrónicos.
Si la persona contribuyente no cuenta con firma digital o sello electrónico, según corresponda, deberá emitir comprobantes preimpresos o por sistemas computarizados, de acuerdo con la medida de contingencia indicada en el artículo 23 del Reglamento de Comprobantes Electrónicos: en papel y luego actualizar en el sistema cuando esté habilitado.
Los problemas no acaban ahí. Moreno indicó que los nuevos obligados tributarios no pueden obtener las claves necesarias para facturar ni con Hacienda ni con otros sistemas.
El pasado 8 de mayo, Rodrigo Chaves, presidente de la República anunció un decreto en el cual declaraba como emergencia la situación de los ciberataques.
La Cámara de Tecnología de Información y Comunicación (Camtic) indicó que lo manifestado por Chaves muestra que entiende la importancia y la urgencia de la situación. “El decreto hay que analizarlo en contraposición a lo establecido en la Ley de Emergencias, para determinar la viabilidad”, dijo Elizabeth Arroyave, vicepresidenta de Camtic.
La Cámara de Infocomunicación y Tecnología (Infocom) también consideró que la decisión es oportuna pues se trata de una situación de alta prioridad dado el impacto de la inhabilitación de los sistemas como el ATV y el TICA (Tecnología de Información para el Control Aduanero). “No se puede tener TICA ni ATV fuera de servicio por la necesidad de las empresas, y que podrían causar desabastecimiento”, advirtió Mario Montero, presidente de Infocom.
¿Qué puede hacer el contribuyente?
A los contribuyentes que estaban usando el facturador gratuito de Hacienda les queda la opción de seguir emitiendo las facturas según el procedimiento establecido y, cuando esté habilitado el ATV, generarlas en ese sistema.
Otra alternativa es pasarse a alguno de los sistemas de facturación existente en el mercado, pero se requiere que tengan la información (llave criptográfica con su respectivo PIN o las opciones de firmado digital del BCCR).
Según las empresas de servicios de facturación electrónica, se necesita además el usuario y la contraseña de acceso al ambiente de producción de comprobantes del sistema de Hacienda y los siguientes consecutivos de cada documento.
Los contribuyentes deben mantener en un lugar seguro tanto la llave criptográfica como el PIN, usuario y contraseña para poder recurrir a un sistema de contingencia.
Si el contribuyente no cuenta o no conoce la última numeración de cada uno de los documentos utilizados, se puede configurar a nivel de los diferentes facturadores que lo permitan una segunda terminal e iniciar de nuevo la numeración.
En caso de no contar con la llave criptográfica con su respectivo pin, usuario y contraseña algunos proveedores de facturación electrónica modificaron los sistemas para que puedan hacer facturas en contingencia y luego subirlas a ATV de manera automática cuando se habilite de nuevo ATV y puedan conseguir las claves requeridas.
A las personas físicas y jurídicas que se les venció la llave criptográfica pueden optar por una opción como esta última opción.
Moreno destacó que Factura Profesional implementó, como alternativa a la llave criptográfica del Ministerio de Hacienda, el Certificado de Sello Electrónico del BCCR en sus plataformas para empresas, según lo establecen los artículos 13 y 15 del Capítulo 1 del Reglamento No. 41820-H.
Los problemas generados por la inhabilitación del ATV incluyen la imposibilidad de presentar declaraciones y el pago de impuestos.
Retana recordó que para los obligados tributarios que no sean grandes contribuyentes, Hacienda prorrogó mediante la resolución DGT-R-012-2022 el plazo para la presentación y cancelación de las declaraciones a más tardar el pasado 4 de mayo, el cual será el plazo máximo para que paguen sus obligaciones.
Luego de que el Ministerio informe que se ha solventado el problema de acceso al sistema de la ATV, estos contribuyentes deberán presentar las declaraciones correspondientes a esos pagos, para lo cual tendrán tres días hábiles luego de restablecidos los sistemas.
Este martes 10 de mayo el servicio de llamadas telefónicas del Centro de Información Tributaria estaba “temporalmente suspendido”. Hacienda indicó que los contribuyentes podían utilizar otros canales de comunicación como correo electrónico, un chat bot disponible en la nueva página del Ministerio.