Uno de los cambios principales que incluye Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, recientemente aprobada, es la introducción al país del impuesto de valor agregado.
El IVA es un mecanismo que genera una evolución en el impuesto a las ventas. Genera trazabilidad, pero sobre todo incluye dentro de sus cobros un gran número de servicios –y algunos productos– por cuyo consumo no se pagaba ningún impuesto en Costa Rica.
El Financiero consultó a Rafael González, abogado especialista en impuestos de Grant Thornton, para explicar en detalle qué es el IVA y cómo se implementará en el país.
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¿Qué es el IVA?
El impuesto de valor agregado, o IVA, es un cobro que tiene como objetivo principal gravar el consumo. Para esto, el impuesto procura gravar cada una de las etapas en la que se comercializan los bienes y se prestan los servicios, es decir, cobrar por la cadena productiva en su totalidad.
El pago de este impuesto está destinado al consumidor final. Esto es así porque a lo largo de una cadena de comercialización opera la dinámica del débito y el crédito. Es decir, una persona A vende cierto producto y cobra el impuesto, otra persona B paga por esto y vuelve a vender. El camino continúa hasta que el producto llega al comprador final. En el camino, lo que se le da al fisco es la diferencia entre lo que pagaron A y B.
El consumidor final paga el IVA completo, que es un 13% del precio total.
Por ejemplo, una persona que importa pantalones, paga el IVA por esos pantalones en la importación. Después, se lo cobra a un mayorista al que le vende los pantalones para que los distribuya. Ese mayorista los vende al detallista en una tienda y cobrará el impuesto sobre la venta.
Mientras que los vendedores miembros de la cadena recuperan parte del impuesto en la venta posterior del producto, el cliente final pagará el 13% del valor final de la prenda.
Funciona igual para cualquier tipo de servicio.
¿Para quienes aplica?
Dentro del nuevo mundo del IVA, entra como cobrador del impuesto cualquier persona que se dedique a las ventas u oferta de servicios. Pero a la hora de pagar el impuesto, afecta a cualquier persona que compre un bien o un servicio.
Es decir, tienen que pagar el nuevo impuesto de valor agregado las personas físicas, jurídicas, prestadores independientes y trabajadores independientes. El impuesto no hace diferencia porque todas las ventas de bienes y las prestaciones de servicio quedan gravadas.
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¿En qué se diferencia del impuesto de ventas actual?
Hoy el impuesto existe bajo el nombre de Impuesto general de ventas y es 13% que se cobra al final de una compra. Sin embargo, este impuesto no grava los servicios, sino que se enfoca solo en las ventas.
De esta manera ahora el impuesto se cobrará por todo aquello por lo que se paga para obtener un beneficio o una cosa. Desde las compras del supermercado, hasta el peluquero, dentista, doctor o abogado. Lo que sí cambia es la tarifa del impuesto en algunos casos específicos como la educación y salud privada.
¿Cuándo entra a regir?
El nuevo impuesto empezará a cobrarse seis meses después del primer día del mes siguiente a la fecha de la publicación en el diario oficial La Gaceta. La fecha exacta es el 1.° julio del 2019, ya que fue publicado el 4 de diciembre.
¿Por qué dicen que este impuesto ayuda a evitar la evasión?
Precisamente porque grava todas las etapas en la cadena de comercialización o producción. De esta manera, cada persona que compra y cada persona que vende durante toda la cadena, queda identificada. Inclusive hay datos del consumidor final. Se sabe en detalle las compras que ha hecho y cuánto dinero gastó a lo largo del año. Es decir, hay trazabilidad.
El IVA pone en el radar a todas las personas que forman parte de la cadena. Es una forma de controlar cuánta entrada y salida de dinero tuvo una persona. Además, ayuda a controlar el pago posterior del impuesto sobre la renta, que se cobra a partir de las ganancias.
¿Qué es la trazabilidad?
Es el rastro documental y económico que dejan todas las transacciones. Se puede obtener información de facturas, documentos de importación, movimientos de tarjetas o cuentas.
En el caso del IVA, la trazabilidad funciona siempre y cuando la cadena no se rompa. Por eso es importante que no existan exenciones al impuesto, como la que se pretendió generar para la canasta básica.
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¿Se cobra para compras en el extranjero cuando pagan tarjeta de crédito o débito nacional?
Cuando se compra en el extranjero con una tarjeta, la empresa emisora de la misma tendrá que rebajar el 13% de la compra para asignarlo al fisco. Sin embargo, la norma pretende segregar cuando son cosas que se pagan y se consumen el exterior. Por ejemplo, si el pago fue de un hotel o un restaurante fuera del país. El impuesto es territorial, es decir que solo aplica para cosas que se consumen en el país.
Sin embargo, cuando es una compra que se usa en el país, entonces sí se debe cobrar el IVA. Aún no hay un mecanismo específico para hacer esta diferenciación.
En caso de que sean productos dentro de un equipaje –por ejemplo ropa– y el monto está por encima de los $500 que autoriza la ley para estar exentos, Aduanas está en potestad de recaudar el impuesto por esa importación. De esta manera se podría incurrir en un cobro doble –el de la importación y el de la tarjeta–, la persona podría pedir la devolución de uno de los cobros.
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¿Qué pasa con Netflix y Spotify?
Actualmente son servicios que no pagan el impuesto, porque no hay un mecanismo práctico para rebajarlo. Ahora que se puede cobrar desde el pago de la tarjeta, el administrador de la tarjeta puede cobrar de una vez el 13% correspondiente.
El rebajo mensual no solo incluiría el pago por la aplicación, sino el extra correspondiente al 13% del IVA.
¿Los servicios públicos pagan IVA?
Algunos sí y otros no. Por ejemplo, el servicio de alumbrado público, la recolección de basura y la salud pública no pagarán el impuesto. Pero sí van a pagar aquellos servicios que incluyen una relación comercial, como el agua o la luz
En el caso del agua, es solo para los consumos que superen los 81 metros cúbicos. La electricidad pagará impuesto cuando se consuma por encima de 280 kW.
¿Los alquileres pagan IVA?
Sí. Pero solo el que esté por encima de un salario y medio de base. Es decir más de 630.000 aproximadamente. Esto aplica para cualquier tipo de alquiler, tanto residencial como comercial.